Con más de 119 años de vida institucional, el Club Universitario de Córdoba representa el espíritu inquebrantable de la academia volcada al deporte, forjando un legado de excelencia y camaradería que trasciende generaciones.
Una comunidad de más de 5.000 socios que crece día a día compartiendo los mismos valores universitarios.
Deportes de alto rendimiento compitiendo en las ligas más importantes del país bajo nuestro sello.
Un siglo de historia institucional volcada al desarrollo social y deportivo de la provincia.
El número de visionarios que en el Café del Plata dieron inicio a este sueño universitario.
Cada disciplina es un espacio de formación, pasión y compañerismo.
El básquet es la disciplina más antigua del Club Universitario de Córdoba y forma parte de su identidad desde los inicios. Con una rica historia de logros y jugadores destacados que llegaron a selecciones provinciales, nacionales e incluso ligas internacionales, seguimos compitiendo en los torneos más importantes de Córdoba y formando parte de la gran familia universitaria.
El fútbol es una de las disciplinas del Club Universitario de Córdoba, presente desde nuestra fundación en 1907. Con sede en el histórico estadio “La Lomita”, hoy contamos con más de 600 jugadores masculinos y 150 jugadoras en fútbol femenino, que mantienen viva la pasión y el espíritu universitario en cada competencia.
La U es institución fundadora de la Unión Cordobesa de Rugby y primer campeón de Córdoba. Con una historia marcada por grandes hitos, como el surgimiento del primer Puma cordobés y la primera gira internacional de un club local, hoy seguimos creciendo con infraestructura en Vieytes y Siete Soles. Nuestro rugby masculino y femenino reúne a cientos de deportistas que llevan con orgullo la camiseta roja y blanca, logrando títulos locales, nacionales e internacionales.
Con más de 20 años de trayectoria, el vóley del Club Universitario reúne a más de 300 jugadoras en 14 planteles que compiten en la Federación Cordobesa y en ligas nacionales. Desde mini vóley hasta primera división, ofrecemos espacios competitivos y recreativos que fortalecen el deporte y la comunidad, llevando siempre con orgullo la camiseta roja y blanca.
El hockey del Club Universitario es referente en Córdoba y formador de grandes figuras nacionales e internacionales, incluidas medallistas olímpicas y Leonas. Con equipos masculinos y femeninos exitosos, contamos con modernas canchas en Vieytes y Siete Soles que son epicentro de nuestra vida deportiva y orgullo de la familia universitaria.
Con más de 50 años de historia, el natatorio del Club Universitario es un espacio de formación, recreación y competencia. Climatizado y disponible todo el año, ha sido cuna de grandes nadadores con títulos provinciales, nacionales e internacionales. Además de los equipos competitivos, ofrecemos cursos de natación para todas las edades, Aquagym y actividades recreativas que fortalecen nuestra comunidad.
El tenis comenzó en el Club Universitario en los años 80 y hoy es una disciplina que combina alta competencia y formación recreativa. Con modernas canchas de polvo de ladrillo, cientos de niños, jóvenes y adultos disfrutan de este deporte, compartiendo aprendizaje, amistad y pasión por la camiseta roja y blanca.
El handball es la disciplina más joven del Club Universitario, con más de 150 deportistas en ramas masculina y femenina, desde infantiles hasta maxi recreativo. Nuestros equipos compiten en la Federación Cordobesa de Handball y han logrado títulos destacados, como el campeonato anual 2022 de la primera masculina. Con representantes en seleccionados provinciales, nacionales e incluso en el exterior, el handball de La U sigue creciendo y te invita a ser parte de esta gran familia.
El básquet es la disciplina más antigua del Club Universitario de Córdoba y forma parte de su identidad desde los inicios. Con una rica historia de logros y jugadores destacados que llegaron a selecciones provinciales, nacionales e incluso ligas internacionales, seguimos compitiendo en los torneos más importantes de Córdoba y formando parte de la gran familia universitaria.
El fútbol es una de las disciplinas del Club Universitario de Córdoba, presente desde nuestra fundación en 1907. Con sede en el histórico estadio “La Lomita”, hoy contamos con más de 600 jugadores masculinos y 150 jugadoras en fútbol femenino, que mantienen viva la pasión y el espíritu universitario en cada competencia.
La U es institución fundadora de la Unión Cordobesa de Rugby y primer campeón de Córdoba. Con una historia marcada por grandes hitos, como el surgimiento del primer Puma cordobés y la primera gira internacional de un club local, hoy seguimos creciendo con infraestructura en Vieytes y Siete Soles. Nuestro rugby masculino y femenino reúne a cientos de deportistas que llevan con orgullo la camiseta roja y blanca, logrando títulos locales, nacionales e internacionales.
Con más de 20 años de trayectoria, el vóley del Club Universitario reúne a más de 300 jugadoras en 14 planteles que compiten en la Federación Cordobesa y en ligas nacionales. Desde mini vóley hasta primera división, ofrecemos espacios competitivos y recreativos que fortalecen el deporte y la comunidad, llevando siempre con orgullo la camiseta roja y blanca.
El hockey del Club Universitario es referente en Córdoba y formador de grandes figuras nacionales e internacionales, incluidas medallistas olímpicas y Leonas. Con equipos masculinos y femeninos exitosos, contamos con modernas canchas en Vieytes y Siete Soles que son epicentro de nuestra vida deportiva y orgullo de la familia universitaria.
Con más de 50 años de historia, el natatorio del Club Universitario es un espacio de formación, recreación y competencia. Climatizado y disponible todo el año, ha sido cuna de grandes nadadores con títulos provinciales, nacionales e internacionales. Además de los equipos competitivos, ofrecemos cursos de natación para todas las edades, Aquagym y actividades recreativas que fortalecen nuestra comunidad.
El tenis comenzó en el Club Universitario en los años 80 y hoy es una disciplina que combina alta competencia y formación recreativa. Con modernas canchas de polvo de ladrillo, cientos de niños, jóvenes y adultos disfrutan de este deporte, compartiendo aprendizaje, amistad y pasión por la camiseta roja y blanca.
El handball es la disciplina más joven del Club Universitario, con más de 150 deportistas en ramas masculina y femenina, desde infantiles hasta maxi recreativo. Nuestros equipos compiten en la Federación Cordobesa de Handball y han logrado títulos destacados, como el campeonato anual 2022 de la primera masculina. Con representantes en seleccionados provinciales, nacionales e incluso en el exterior, el handball de La U sigue creciendo y te invita a ser parte de esta gran familia.
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La cuota mensual varía según la categoría de socio. Encontrarás el detalle actualizado en la sección de Soy Socio❤️.
Hasta los primeros años de la década del ´70 era común ver a los hinchas de la “U” llegar a la cancha con su guardapolvo blanco. Eran los estudiantes que salían de hacer sus prácticas en el Hospital Clínicas y partían rumbo a “la Lomita” (apodo que recibe el actual estadio porque en los alrededores era todo un barranco y el campo de juego estaba sobra una “lomita”).
El CLUB UNIVERSITARIO DE CORDOBA, fundado el 8 de abril de 1907, y con domicilio legal en la ciudad de Córdoba Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, es una Asociación Civil de bien común, sin fines de lucro, que se regirá por el presente Estatuto, reglamentaciones que en consecuencia se dictaren y demás disposiciones legales que rigen a las personas jurídicas.
El Club Universitario de Córdoba es una entidad de carácter social, cultural, deportivo y educativo, y se propone, entre otros, los siguientes objetivos:
Son incompatibles con los fines precedentemente enunciados, los juegos de azar y las apuestas de cualquier género. Su práctica no será autorizada en ningún caso.
La institución no tiene límite temporal para el desarrollo de sus fines. Subsistirá mientras disponga de capacidad jurídica y medios materiales. Los socios no pueden adquirir derechos sobre los bienes sociales, que no sean los que surjan expresamente de este Estatuto. En caso de disolución, los bienes del Club Universitario de Córdoba pasarán a entidades de bien público cuyo objeto sea la actividad deportiva sin fines de lucro que deberá determinar la comisión liquidadora.
Se adoptan los colores rojo y blanco como distintivos del Club. Los equipos deportivos como asimismo las insignias también deberán ser de color blanco y rojo y sus formas serán determinadas por la Comisión Directiva.
El patrimonio del Club está formado por los bienes inmuebles y muebles que actualmente posee y los que pueda adquirir en el futuro, por cualquier titulo. También los derechos intangibles derivados de las actividades legales desarrolladas en el terreno publicitario, comercial u otros como la propiedad intelectual sobre el uso del nombre.
Los recursos estarán formados por:
El número de socios es ilimitado. Se establecen las siguientes categorías:
Los socios, cualquiera sea su categoría, excepto los Honorarios y Vitalicios, abonarán periódicamente la cuota que fija la C.D. en los plazos y condiciones que establezca.
Los socios Honorarios serán Permanentes y Temporarios.
1- Son socios Honorarios Permanentes:
2- Son Socios Honorarios Temporarios (mientras permanezcan en su cargo o mandato):
Podrán adquirir la calidad de socios vitalicios quienes acrediten haber revistado en la categoría de socio activo durante veinticinco (25) años en forma ininterrumpida. El número total de asociados vitalicios no podrá exceder del diez por ciento (10%) del total de socios activos, cerrándose el Registro al alcanzarse este porcentaje. Las incorporaciones posteriores en esta categoría se efectuarán a medida que se produzcan vacantes en el número respetando la fecha de solicitud de cada aspirante. Los socios Vitalicios tienen los mismos derechos y obligaciones que los Socios Activos, sin el requisito del pago de la cuota societaria.
Pueden ser socios activos quienes reúnan los siguientes requisitos:
Toda persona cuya solicitud haya sido rechazada por la C.D. puede apelar – por intermedio de un socio con derecho a voto – la denegatoria ante la primera asamblea General Ordinaria.
Podrán representar a los equipos competitivos de las distintas disciplinas del club deportistas que no revistan como sus socios. En tal caso tendrán, mientras dure su vinculación con la entidad, los mismos derechos y obligaciones que los socios temporarios, la C.D. podrá eximirlos del pago de la cuota social pero deberán registrarse como tales. La C.D. también podrá, en casos debidamente justificados, hacer extensivos los derechos y obligaciones societarios de esta misma categoría, a personas o grupos de personas que por causa de su relación con el club deban asistir habitualmente a las instalaciones del mismo.
Pueden ser socios deportistas menores aquellos que tengan menos de 18 años de edad y practiquen algún deporte representando al club. Deberán ser presentados por quién ejerza la patria potestad y por algún socio honorario, vitalicio, activo o deportista mayor. Pueden ser socios deportistas mayores quienes hayan cumplido 18 años de edad y practiquen algún deporte representando al club. Deberán abonar la cuota que fije la C.D. Alcanzada la mayoría de edad el socio deportista menor podrá optar por ingresar a la categoría de socio activo o socio deportista mayor, de no ejercer la opción se lo incluirá en esta última categoría.
Podrán ser socio Activo “Grupo Familiar”, los miembros de una familia que inscriba a su cónyuge – viudo/a, separado/a, madre soltera, etc. – e hijos (varones y mujeres) menores de dieciocho años de edad, cumpliendo con los siguientes requisitos:
Podrán ser socios temporarios las personas de ambos sexos, mayores o menores, que cumpliendo los requisitos que establezca la C.D., se incorporen al club exclusivamente para usar sus instalaciones sociales y/o deportivas, por un lapso no inferior a nueve (9) meses, abonando el derecho de inscripción y las cuotas sociales que determine la C.D. en forma anticipada. No pueden participar en las asambleas, tampoco elegir ni ser elegidos como autoridades del club. Pueden participar en actividades deportivas, colaborar con éstas y cumplir otras funciones autorizadas por la C.D.
Todos los socios que estén al día con Tesorería, podrán usar instalaciones y dependencias del Club con las limitaciones fijadas por este estatuto y de conformidad a las reglamentaciones que dicte la C.D.
Los socios vitalicios, los socios activos, los socios deportistas mayores y los titulares de la categoría “Grupo Familiar”, tienen los siguientes derechos:
Los socios deben observar las siguientes obligaciones:
No pueden ser socios las personas vinculadas a la Institución por alguna concesión o explotación económica o quienes se desempeñen como empleados bajo relación de dependencia jurídico laboral con el club. Sin embargo lo socios podrán prestar sus servicios técnicos, profesionales o voluntarios contra el pago de una remuneración periódica o no, siempre que la misma se limite a la preparación competitiva, ayuda logística o dirección técnica de los equipos o deportistas del club y no exceda del lapso de nueve (9) meses continuos por año calendario. La prohibición tampoco alcanza a la prestación de servicios profesionales o técnicos relacionados con la administración, conducción o realización de obras.
La Comisión Directiva podrá aplicar a los socios las siguientes sanciones:
Las sanciones se graduarán de acuerdo a la gravedad de la falta y a las circunstancias del caso, por las siguientes causas:
Las sanciones disciplinarias serán resueltas por la Comisión Directiva, con estricta observancia del derecho de defensa. En todos los casos el afectado podrá solicitar por escrito – dentro de los diez (10) días de notificado de la sanción – reconsideración ante la Comisión Directiva y/o interponer recurso de apelación ante la primera Asamblea que se realice con posterioridad. El recurso tendrá efecto suspensivo.
Todo socio que estuviere atrasado dos meses en el pago de la cuota mensual adquirirá la condición de “Socio Moroso”. Cumplido dicho plazo, el socio quedará suspendido en el ejercicio de los derechos previstos en los ARTICULOs 17º y 18º, los que podrá recuperar si antes de cumplir otros cuatro meses de atraso en el pago, abona el total de las cuotas adeudadas. De no haber cumplimentado dicho pago en el último plazo aquí indicado, el socio será dado de baja del padrón societario del Club.
El socio que fuere excluido del seno de la entidad por moroso y que con posterioridad reingresare, perderá su antigüedad, la que comenzará a regir desde el momento de su reincorporación, previo pago de la cuota de ingreso más la cuota adicional que para el caso tenga establecida la C.D. Este mecanismo sólo podrá utilizarse una vez cada cinco años.
El socio que renuncia al carácter de tal, deberá estar al día con Tesorería. Contrariamente, no se dará curso a su solicitud y se observará lo dispuesto por el Articulo 22º. En caso de haber renunciado y pedido su reincorporación antes de los 180 días de aceptada su renuncia, deberá abonar los meses desde la baja efectiva.
Son autoridades del Club Universitario de Córdoba, y como tales deben ser reconocidas y respetadas por los socios, las que a continuación se mencionas. Sus obligaciones, derechos y facultades están determinadas en los respectivos títulos que trata cada una de ella en particular:
Los órganos de gobierno del Club Universitario de Córdoba, son la Asamblea de Socios y la Comisión Directiva, cuyas funciones son “Ad – Honorem”, es decir sin sueldos ni retribuciones de ninguna naturaleza a sus integrantes por la función de administrar y representar a la Institución, y que estará integrada de la siguiente manera:
El mandato de los mismos durará tres (3) ejercicios. Los integrantes de la Comisión Directiva no podrán ser elegidos por más de dos períodos consecutivos para ocupar el mismo cargo.
La elección de las autoridades se practicará dentro de los 120 días posteriores a la fecha de cierre del Ejercicio Económico – Financiero, mediante renovación total y aplicándose el sistema de mayoría y minoría (en el caso que se presenten dos o más listas de candidatos), en la siguiente forma:
La minoría podrá tener derecho a participación en la C.D. solo en el caso de obtener mas del 25% de los sufragios válidos emitidos. Para el caso de que hubiere una segunda minoría, con más del 10% de los sufragios emitidos, a éste le corresponderán uno de los cuatro Vocales titulares y uno de los cuatro Vocales suplentes que correspondan a la minoría. Sólo en el caso que la minoría obtenga como mínimo el 25% de los sufragios emitidos podrá tener derecho a la participación en la C.D. en la forma señalada.
Para ser miembro de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, se requiere:
La Comisión Directiva se reunirá las veces que resulte necesario pero al menos una vez al mes, el día y hora que determine en su primera sesión anual y además en sesión extraordinaria toda vez que sea citada por el presidente o a solicitud formal de cinco (5) miembros titulares, debiendo en estos casos celebrarse la reunión dentro de los cinco (5) días de formulado el pedido. Las citaciones se efectuarán en la forma y con la antelación dispuesta en la primera sesión anual.
Las sesiones de la Comisión Directiva se efectuarán con el quórum legal que lo forman la presencia de no menos de la mitad más uno de sus miembros titulares, debiéndose adoptar las resoluciones por simple mayoría de votos de los presentes.
Las resoluciones de la C.D. pueden ser revistas, en el seno de ésta, mediante solicitud de un tercio de los miembros presentes, pero cualquier reconsideración para ser válida deberá ser apoyada por las dos terceras partes de los miembros presentes.
La Mesa Directiva, integrada por el Presidente, el Vice presidente, el Secretario General, y el Tesorero puede adoptar resoluciones en casos de urgencia, debiendo dar cuenta a la C.D. en la primera sesión, para su ratificación o rectificación. En este último caso la resolución de la Mesa Directiva tendrá plena validez legal hasta el momento de su desaprobación por la Comisión Directiva.
En caso de vacancia, permanente o temporaria, el Presidente será remplazado por el Vicepresidente y éste por el miembro de su seno que designe la C.D; el Secretario General por el Secretario de Actas y Archivo; el Tesorero por el Pro Tesorero, y éste por el vocal que designe la C.D; el Secretario de Difusión y Relaciones Institucionales por el vocal que designe la C.D.
Son deberes y atribuciones de la C.D.:
Si un miembro de la Comisión Directiva faltare sin causa justificada a tres sesiones continuadas o cinco alternadas podrá ser separado del seno de la misma. La asistencia de los miembros a las reuniones, será registrada por Secretaría en un libro que se llevará al efecto.
La H.C.D. es el único órgano facultado a aprobar contrataciones. Toda contratación realizada sin su aprobación expresa, es nula y quién la haya realizado en violación a la norma, será personalmente responsable por los perjuicios económicos ocasionados.
El Presidente representa a la Institución en todo acto en que ésta intervenga como persona jurídica ejerciendo las funciones inherentes al cargo y representación que inviste, teniendo, además, las siguientes atribuciones y obligaciones:
El Vicepresidente colaborará estrechamente con el Presidente en el cumplimiento de sus funciones específicas y lo reemplazará en todo caso de ausencia o de vacancia con iguales atribuciones y obligaciones. En caso de que el reemplazo fuere definitivo, lo será hasta completar mandato del reemplazado. Sin perjuicio de lo precedentemente dispuesto, tendrá las siguientes funciones:
El Secretario General o quién lo remplace estatutariamente, tiene los siguientes deberes y atribuciones:
Son funciones, atribuciones y obligaciones del Secretario de Actas y Archivo o de quién lo reemplazare:
Son sus funciones, atribuciones y obligaciones y, en su caso, de quién lo reemplazare:
Son atribuciones y obligaciones del Tesorero o de quién lo reemplazare estatutariamente:
El Pro Tesorero colaborará con el Tesorero en el desempeño de sus funciones toda vez que le sea requerido y lo reemplazará en todo caso de ausencia temporaria o de vacancia, con iguales atribuciones y obligaciones.
Sin perjuicio de los derechos y deberes que les son propios como integrantes de la C.D., los vocales son los representantes naturales ante ella, de las Subcomisiones de las que formen parte. Como tales, les corresponde:
Las vacantes, permanentes o transitorias, que se produzcan en los cargos de vocales, se cubrirán con el vocal suplente que designe la C.D., y éstos pasarán a cumplir las mismas tareas y funciones que desempeñaba el vocal titular.
Conforme a lo que determina el Art. 33º inciso “d”, las Subcomisiones son los organismos constituidos por la C.D. para atender las distintas actividades que desarrolla el Club en cumplimiento de sus fines básicos enumerados en este Estatuto (art. 2º) y que abarca las áreas deportivas, sociales, culturales y de cualquier otra naturaleza, creadas o que se crearen en el futuro.
Las Subcomisiones serán constituidas anualmente al comienzo de cada ejercicio social y ajustarán su cometido a lo siguiente:
Las atribuciones y deberes de las Subcomisiones, serán:
La fiscalización social estará a cargo de la Comisión Revisora de Cuentas que será elegida conjuntamente con la Comisión Directiva y estará constituida por tres (3) miembros titulares y dos (2) suplentes. Durarán tres (3) años en el ejercicio de sus funciones – que se desempeñarán ad honorem y podrán ser reelectos. Para ser electo de esta Comisión, el asociado debe reunir las condiciones que el presente Estatuto exige para ser vocal de la Comisión Directiva.
Son funciones, atribuciones y obligaciones de la Comisión Revisora de Cuentas:
Los miembros de la Comisión Revisora de Cuentas cuidarán de ejercer sus funciones de manera de no entorpecer la regularidad de la administración social.
Las Asambleas constituyen el órgano máximo de gobierno del Club. Son Ordinarias y Extraordinarias. La Asamblea General Ordinaria se celebrará dentro de los 120 días de concluido el ejercicio y deberá ser convocada por la C.D. para considerar y pronunciarse sobre la Memoria y Balance anual que presente ésta y proclamar los nuevos miembros titulares y suplentes, y los integrantes de la Comisión Revisora de Cuentas cuando corresponda.
La Memoria y Balance anual estarán a disposición de los asociados, en la Secretaría del Club, desde quince (15) días antes de la fecha de realización de la Asamblea.
Las Asambleas extraordinarias se celebrarán previa convocatoria de la C.D. en los siguientes casos:
En las Asambleas, tanto Ordinarias como Extraordinarias, solo podrán ser tratados los asuntos consignados en las respectivas convocatorias.
Las resoluciones de las Asambleas serán tomadas a simple pluralidad de sufragios, salvo en los caos que este Estatuto disponga lo contrario. Para el supuestos de Asambleas con quórum especiales mencionadas anteriormente, se requerirá el voto favorable del setenta por ciento (70%) de los socios presentes de una Asamblea convocada al efecto, y según el quórum especial establecido si lo hubiere.
Las Asambleas sesionarán válidamente con la mitad más uno de los socios que se encuentran en condiciones de intervenir. Si a la hora de la convocatoria no existe dicho quórum, las Asambleas podrán sesionar, luego de media hora, con los socios presentes, quiénes registrarán su identidad y asistencia en el libro que se llevará a tal efecto. Para el supuesto de Asambleas extraordinarias convocadas para la venta y/o constitución de gravámenes y/o disposición de cualquier manera sobre bienes inmuebles de la Institución y/o Formular llamados de licitación para la atención de servicios dentro del Club y aprobar las concesiones, que excedan el término de cuatro años, y/o reforma de estatutos, sesionará válidamente con la presencia de por lo menos el quince por ciento (15%) del total de los socios con derecho a voto, tanto para el primer como segundo llamado.
La convocatoria a Asamblea Ordinaria o Extraordinaria deberá realizarse por lo menos quince días corridos antes de la celebración de la misma. La convocatoria se dará a publicidad mediante edicto a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba durante un (1) día, publicación durante un (1) día domingo en Sección de Deportes de un diario de amplia difusión en la Ciudad de Córdoba, publicación en lugares visibles de la Institución y publicación en página Web con antelación a la fecha fijada. La convocatoria a las Asambleas deberá comunicarse a la Inspección de Personas Jurídicas con no menos de quince (15) días hábiles de antelación a la fecha prevista, cumplimentándose las demás exigencias legales del caso.
Los padrones provisorios a utilizarse en Asambleas ordinarias o extraordinarias, deberán estar publicados con la antelación prevista al llamado de Asamblea en lugares visibles del Club. Los socios podrán formular observaciones como también abonar las cuotas respectivas si no estuvieren incluidos por deudas, hasta cuatro (4) días antes de la Asamblea, debiendo la Institución publicar el padrón definitivo una vez vencido dicho plazo y con antelación de 72 hs a la Asamblea. Para el supuesto de Asambleas convocadas a elecciones de autoridades la modalidad de plazos, publicación u observación del padrón se regirá por el ARTICULO respectivo.
Podrán participar de las Asambleas los socios Vitalicios, Activos, deportistas mayores y Titulares de Grupo Familiar mayores de 18 años de edad que estén al día con Tesorería por cualquier concepto y que tengan una antigüedad como tales no inferior a un (1) año. Las actas de la Asamblea serán firmadas por el Presidente, el Secretario General y dos asambleístas a propuesta de los presentes.
Antes de la fecha de elecciones la C.D. deberá conformar la Junta Electoral, según se determina en el ARTICULO respectivo. La Junta Electoral, publicará con 60 días de anticipación a la fecha de elecciones el padrón provisorio. Los socios podrán formular observaciones como también abonar las cuotas respectivas si no estuvieren incluidos por deudas, en el término de 10 días de la publicación anterior. La Junta Electoral resolverá sobre las impugnaciones o pedidos de inclusión requeridas y publicará en el término de 2 días el padrón definitivo a utilizarse en las elecciones. En el término de 15 días de la exhibición de padrón definitivo, se podrán presentar lista de candidatos conforme los requisitos que se establecen en el ARTICULO respectivo. La Junta Electoral, deberá publicar las listas de candidatos presentadas el día posterior al cierre. Los socios podrán presentar impugnaciones por escrito hasta tres días después de la publicación. De las impugnaciones se correrá traslado por un día al o los afectados para que realicen su descargo. La Junta Electoral resolverá las incidencias el día posterior pudiendo también observar la inclusión de algún candidato de oficio. En todos los casos deberá emplazar a la lista correspondiente para que en el término de 2 días reemplace el candidato observado Una vez cumplimentado los requisitos mencionados la Junta Electoral procederá a la oficialización de la o las listas que hayan dado cumplimiento a todos los recaudos. Antes del comienzo de la exhibición de los padrones provisorios, C.D. deberá publicar en las formas establecidas para el llamado de Asambleas Ordinarias, el cronograma establecido por la Junta Electoral conjuntamente con la convocatoria a Asamblea Ordinaria si correspondiere.
Única lista o Pluralidad de Listas: Si se hubiera oficializado más de una lista, y la fecha de elecciones coincide con la Asamblea General Ordinaria, la C.D. deberá pasará a un cuarto intermedio para la concreción del acto electoral, 15 días posteriores a la fecha de Asamblea General Ordinaria. En el supuesto de haberse oficializado una sola lista, en la fecha establecida para la elección de autoridades se abrirá el registro de socios presentes y verificado el quórum necesario, se tendrá por constituida la Asamblea, procediéndose de inmediato tratamiento de los puntos de la orden del día. Al llegar a la elección de autoridades la Junta Electoral proclamará electos a los candidatos presentados sin la necesidad de realización de comicios alguno.
La C.D. designará una Junta Electoral compuesta de tres socios habilitados para votar. Dos socios serán propuestos por los miembros de la mayoría de la C.D. y uno por los miembros de la minoría si la hubiera. En el caso de existir pluralidad de listas y una vez oficializadas las mismas, se integrará a la Junta Electoral con un miembro propuestos por cada lista. Siempre deberá conformarse la Junta Electoral con número impar y la mayoría corresponderá a los miembros propuestos por la C.D. La resolución de la Junta Electoral pone fin a la instancia administrativa, deberá ser fundada y las resoluciones se tomaran a mayoría simple de los miembros presentes. La Junta Electoral, podrá dictar normas reglamentarias a los fines de la instrumentación de los comicios. Toda interpretación que se formule del estatuto en cuestión deberá efectuarse a favor de la participación de los socios tanto en su derecho a elegir como ser elegidos, con las limitaciones previstas en el presente.
Para la oficialización de las listas deben cumplirse los siguientes requisitos:
Finalizado el comicio y escrutados los votos emitidos, se labrará un acta circunstanciada que será firmada por lo integrantes de la Junta Electoral y los apoderados de las listas.
En caso de que dos o más listas hayan obtenido el mismo número de votos, en calidad de triunfantes, se convocará dentro de los quince (15) días siguientes, a una nueva elección con la intervención exclusiva de las agrupaciones que hayan igualado el número de sufragios.
En el caso de que fuera oficializada una sola lista, la Junta Electoral procederá a proclamarla declarando que por tal motivo no habrá necesidad del acto eleccionario.
Los miembros electos serán convocados por la C.D. para que asuman sus cargos dentro de los ocho (8) días siguientes a la fecha de la elección.
Estos Estatutos solo podrán ser reformados por una Asamblea citada a ese solo efecto, y con mención expresa de los puntos a tratarse según el quórum y mayorías especiales establecidas en los ARTICULOS correspondientes.
Cláusula Transitoria: Los plazos establecidos en la presente reforma a los fines del acto eleccionario, podrán ser reducidos por la Comisión Directiva, únicamente, para el llamado de las próximas elecciones, atento encontrarse vencido el término para el mismo.